Recopilatorio de actividades para los Servicios Locales de Empleo (SLE): Personas y empresas
El Recopilatorio para los Servicios Locales de Empleo (SLE): Personas y empresas es un recurso que ofrece un conjunto de actividades, en formado taller o sesión, que los entes locales adheridos a la Red de Servicios Locales de Empleo (XALOC) y/o a la Red de Oficinas Técnicas Laborales (OTL) pueden incorporar a su oferta de servicios, para ofrecerlas tanto a las personas demandantes de empleo como las empresas usuarias del SLE.
La edición 2024 del Recopilatorio incluye 182 actividades que tienen como finalidad apoyar al desarrollo profesional y la búsqueda de trabajo de las personas demandantes de empleo, así como a la mejora de la gestión de los recursos humanos de las empresas. Las actividades se estructuran en cuatro bloques temáticos.
- Talleres de alfabetización digital (TAD)
- Talleres de técnicas de búsqueda de trabajo (TRF)
- Sesiones de orientación laboral (SOL)
- Sesiones de apoyo a la empresa (SSE)
Calendario de actuaciones
Actuaciones previstas durante el año
Próximas actividades:
Para consultar las características y condiciones de concertación del recurso y los formularios de solicitud y justificación, podéis consultar la ficha del Catálogo.
Condiciones económicas
Los entes locales de la provincia de Barcelona podrán solicitar una ayuda económica para la realización de las actividades que aparecen en el Recopilatorio, en función del cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos.
El otorgamiento de la ayuda económica está condicionado a que haya consignación presupuestaria suficiente para atender las solicitudes, y con el límite anual de subvención de 6.000 euros por ente local.
Para una misma actividad y en el conjunto de contrataciones efectuadas por los entes locales en relación con la misma, Diputación de Barcelona subvencionará hasta un umbral máximo de 15.000,00 € (IVA excluido). En caso de consecución de este umbral máximo, las solicitudes recibidas con posterioridad serán desestimadas, quedando a criterio del ente local interesado la contratación, asumiendo íntegramente el coste de su realización
Una vez ejecutada la actividad por parte del ente local y justificada correctamente, este recibirá una subvención de como máximo el 75% del coste total de cada actividad (honorarios de docencia), o bien del 90% en caso de que actividad sea de ámbito supramunicipal, siempre que haya contado con un mínimo de 7 personas participantes. Si no se alcanza este mínimo de participación, la financiación será proporcional al número de asistentes. Por otra parte, en caso de supramunicipalidad, se requerirá una participación efectiva de personas de otros municipios en la actividad. De no cumplirse esta condición, se otorgará la ayuda con el porcentaje de cofinanciación correspondiente a una actividad municipal.
Procedimiento de solicitud, justificación y pago
Solicitud
- El ente local selecciona una actividad de este Catálogo sectorial.
- El ente local se pone en contacto con la empresa consultora que figure en la ficha de actividad seleccionada para acordar las fechas de realización, horarios, espacios y materiales necesarios.
- En el marco del Catálogo de Servicios, el ente local presenta una solicitud como máximo hasta el 31 de octubre de 2024 a través del Portal de trámites de los entes locales y otros AAPP (PMT), junto con el formulario asociado de datos técnicos que encontrará en el apartado Trámites de la Red de Gobiernos Locales de la Sede electrónica de la Diputación de Barcelona.
- El SMT comprueba el cumplimiento de los requisitos y la existencia de disponibilidad presupuestaria.
- El SMT comunica al ente local, a través del PMT, la tramitación de la correspondiente solicitud o el requerimiento de subsanación, si es necesario.
- El SMT tramita y notifica al ente local la resolución de concesión de la subvención, indicando el importe otorgado y el régimen de cofinanciación por parte del ente local. La subvención será por un importe máximo del 75% del coste total de la actividad determinada en la Recopilación o bien del 90% en caso de que la actividad sea de ámbito supramunicipal.
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El ente local contrata la actividad con la empresa consultora y ejecuta la actuación en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, de acuerdo con los contenidos, características y requerimientos de difusión y publicidad de la subvención de la Diputación de Barcelona, expuestos en el catálogo sectorial.
Justificación y pago
- Documentación justificativa a presentar:
La justificación de la realización de las actividades debe realizarse mediante el trámite de justificación de gastos, con el correspondiente formulario asociado de datos técnicos, de acuerdo con los modelos disponibles en el apartado Trámites de la Red de Gobiernos Locales de la Sede electrónica de la Diputación de Barcelona. - Plazo de presentación de justificación:
Los destinatarios deben justificar la realización de las actividades, como máximo, en los dos meses siguientes a la fecha de su finalización. En caso de que la fecha de finalización sea anterior a la notificación de la concesión de la ayuda, el período de justificación es de dos meses a partir del día siguiente al del acceso a la notificación electrónica.
El SMT revisará la documentación recibida y solicitará al ente beneficiario, en su caso, la documentación, información o enmiendas que considere oportunas. Una vez informada favorablemente la justificación, se tramitará el correspondiente pago de la subvención.
Otros aspectos a considerar
- La entidad beneficiaria de la subvención está obligada a difundir que la actividad ha sido subvencionada por la Diputación de Barcelona.
- La entidad beneficiaria de la subvención está obligada a comunicar al SMT cualquier alteración en las fechas de realización de la actividad, así como en caso de desistimiento o renuncia, en su caso, a través del PMT.
- La entidad beneficiaria está obligada a comunicar a la Diputación de Barcelona, a través del PMT, cualquier modificación de las condiciones de prestación de las actividades previstas en la recopilación, como los cambios en los equipos docentes o en los contenidos de la actividad.
- El ente local debe velar porque en toda la documentación que se utilice y se entregue a los participantes aparezca el logotipo de la Diputación de Barcelona.
- En las fichas de actividad, existen las especificaciones relativas a los contenidos, objetivos, metodología, modalidad, duración, perfil de las personas participantes, equipamiento necesario y coste total de la actividad, así como los datos de la empresa consultora y las personas expertas que la realizan.
- El Recopilatorio tiene carácter abierto y, por tanto, se irá actualizando periódicamente con nuevas propuestas.
- Sin embargo, el SMT se reserva el derecho a decidir la continuidad de una actividad en la Recopilación, teniendo en cuenta la demanda de las actividades y de acuerdo con las valoraciones realizadas por las personas beneficiarias y los equipos técnicos de los entes locales implicados.
Modelos para la ejecución de las actividades
- Ficha de participante:
- Valoración y propuestas de mejora de la actividad
- Modelo de Valoración y propuestas de mejora de la actividad (a rellenar por la persona experta de la empresa consultora). Este modelo es una propuesta, que no es de aplicación obligatoria, cada ente local puede utilizar su propio modelo.
Condiciones de participación
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Las nuevas condiciones de participación aprobadas en agosto de 2020 se pueden consultar en este enlace.
- Sesión informativa de 14 de abril de 2021 con las principales novedades.
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Decreto de aprobación de las actividades seleccionadas y desestimadas que integran la Bolsa y la edición 2022 del Catálogo Sectorial del Recopilatorio.
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Decreto que aprueba las actividades seleccionadas y desestimadas que integran la bolsa y la edición 2023 del Catálogo Sectorial del Recopilatorio.
Presentación de nuevas propuestas y modificaciones de actividades
Se pueden presentar nuevas propuestas de actividades para formar parte del “Recopilatorio de actividades para los servicios locales de empleo: personas y empresas”, y/o modificaciones de actividades que ya han estado objeto de valoración de la calidad técnica y que forman parte del Recopilatorio o de la Bolsa.
En relación a la presentación de modificaciones de actividades, se consideran como tales aquellos cambios en los elementos que han estado objeto de valoración de la calidad técnica de las propuestas (Condiciones para la selección de actividades para formar parte del Recopilatorio, apartado 7).
El plazo para realizar estos trámites es entre el 1 de mayo y el 30 de junio de cada año.
Las propuestas que se presenten fuera de este plazo no serán admitidas.
Para hacerlo, hace falta que presentéis a través de la Sede electrónica este formulario de solicitud, adjuntando las siguientes fichas:
- Nuevas propuestas
(Hay que anexar en un único formulario de solicitud la ficha de empresa con todas las firmas electrónicas y todas las fichas de actividades que se quieran presentar)
- Modificación de actividad: Cambios en los elementos que han estado objeto de valoración de la calidad técnica de las propuestas (Condiciones para la selección de actividades para formar parte del Recopilatorio, apartado 7).
El periodo para presentar propuestas de modificaciones de actividades es el indicado en la cláusula d.1.1), es decir, durante el periodo de mayo a junio de cada año.
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Actualización de actividades y modificaciones de personal experto
Por todos estos trámites hace falta que presentéis a través de la Sede electrónica este formulario de solicitud, adjuntando las fichas de actualización o modificación que correspondan.
El plazo para proponer esta actualización será durante todo el año.
- Actualización de actividad: Variaciones de contenidos no relacionados con elementos que han estado criterios de valoración de la calidad técnica de las propuestas como puede ser adaptar una actividad a un cambio normativo o a una circunstancia análoga (Condiciones para la selección de actividades para formar parte del Recopilatorio, apartado 7).
- Modificación de persona experta: Las empresas consultoras se comprometen a comunicar al Servicio de Mercado de Trabajo los cambios en el personal experto que figura en el Recopilatorio, y al hecho que el nuevo personal tenga análoga calificación profesional (Condiciones para la selección de actividades para formar parte del Recopilatorio, apartado 10.7). La modificación solo se aceptará por causas sobrevenidas y debidamente justificadas, y la propuesta tiene que ser validada positivamente por el SMT.
El plazo para proponer esta modificación será durante todo el año.
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Recopilatorio 2022: Informe de resultados e infografía
Servicio de Mercado de trabajo
Gerencia de Servicios de Promoción Económica y Empleo
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